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¿Cómo titulares de green card en Houston apadrinan familia?

Reunirse con la familia es el sueño de muchas personas que viven en Estados Unidos. Como residente permanente legal, puede acercar a sus seres queridos ayudándoles a asegurar su plaza en el país. Entender el proceso y los requisitos es clave para hacer realidad este sueño.

El proceso de petición de familiares implica pasos específicos y documentación detallada. En este artículo, infórmese sobre quién reúne los requisitos para el apadrinamiento, los formularios y pruebas necesarios y los periodos de espera previstos. Vea cómo puede dar el primer paso para reunirse con su familia en Houston.

Experimentado Abogado De Green Card En Houston Le Guía

¿A quién puede apadrinar como titular de la green card?

Puede patrocinar a determinados familiares para obtener la residencia permanente con una Green Card. Sin embargo, la ley de inmigración de EE.UU. limita quién reúne los requisitos para ser patrocinado por un residente permanente legal. He aquí un desglose de los familiares elegibles:

  • Cónyuge: Esto incluye a su marido o esposa legalmente casados. El matrimonio debe ser válido según las leyes del país donde se produjo.
  • Hijos solteros menores de 21 años: Sus hijos biológicos, adoptados o hijastros que no estén casados pueden optar al apadrinamiento.
  • Hijos solteros mayores de 21 años: Puede presentar una petición para sus hijos mayores de 21 años siempre que permanezcan solteros.

Todos ellos son Visas de preferencia familiar, lo que significa que pertenecen a categorías específicas con un número limitado de Visas expedidas cada año. Los titulares de una Green Card no pueden patrocinar a sus padres, hermanos o hijos casados. Estas categorías son sólo para ciudadanos estadounidenses, por lo que deberá naturalizarse para solicitar a estos familiares.

Entender a quién puede patrocinar es sólo el primer paso del proceso. Para seguir adelante, es necesario conocer los requisitos clave que usted, como patrocinador, debe cumplir para garantizar el éxito de la petición.

¿Tiene derecho a pedir por su familia?

Para apadrinar a un familiar, debe cumplir unos requisitos específicos que demuestren su elegibilidad. Estas condiciones garantizan que los patrocinadores puedan mantener adecuadamente a sus seres queridos y cumplir los criterios de la ley de inmigración estadounidense. A continuación se indican los requisitos clave que debe cumplir:

  • Condición de residente permanente legal: Debe ser titular de una Green Card válida y aportar una prueba, como una copia de su Green Card o el sello de su pasaporte.
  • Requisito de edad: Los patrocinadores deben tener al menos 18 años para firmar los documentos de patrocinio financiero necesarios para la petición.
  • Capacidad financiera: Debe cumplir unos umbrales mínimos de ingresos en función del tamaño de su unidad familiar, tal y como se indica en la Declaración jurada de manutención (Formulario I-864). Este formulario es un compromiso legal que demuestra que usted puede mantener económicamente a su familia y garantizar que no dependerán de la asistencia pública.
  • Domicilio: Debe demostrar que vive en Estados Unidos, lo que suele probarse mediante facturas de servicios públicos, un contrato de alquiler u otros documentos de residencia.

Cumplir estos requisitos es fundamental para traer a sus seres queridos a EE.UU. Después, puede presentar los formularios necesarios para iniciar oficialmente el proceso de apadrinamiento.

¿Cómo iniciar un proceso de visa de preferencia familiar?

Una vez que haya confirmado su idoneidad para apadrinar, el siguiente paso es empezar a solicitar a su familiar. Esto implica presentar formularios específicos, reunir pruebas justificativas y seguir al pie de la letra las directrices de inmigración. Comprender los pasos a seguir puede ayudarle a mantenerse organizado y evitar errores comunes.

Presentación del formulario I-130 o petición para familiar extranjero

El primer paso en el proceso de apadrinamiento es presentar el Formulario I-130, la Petición para Familiar Extranjero. En él se establece la relación entre usted, el patrocinador, y su familiar. Al rellenar el formulario, debe proporcionar información detallada sobre usted y el familiar que patrocina. Es necesario incluir:

  • Prueba de su condición de residente legal permanente, como una copia de su Green Card o los sellos de su pasaporte.
  • Pruebas de la relación de calificación.
  • Una tasa de tramitación.

Su presentación debe ser exacta. Los errores, omisiones o incoherencias pueden retrasar o incluso negar su petición. Revisar el formulario a fondo y buscar asistencia jurídica puede evitarle problemas más adelante.

Presentar pruebas para demostrar las relaciones

Para apoyar su petición, debe incluir documentos que verifiquen su relación con la persona que patrocina. He aquí algunos ejemplos basados en el tipo de relación:

  • Cónyuge: Certificados de matrimonio, extractos de cuentas bancarias conjuntas, contratos de alquiler y fotografías que muestren su vida en común. El USCIS también puede exigir pruebas adicionales si sospecha que se trata de un matrimonio contraído únicamente con fines de inmigración.
  • Hijos: Certificados de nacimiento en los que figure usted como progenitor. Para los niños adoptados, los decretos de adopción pueden mostrar la relación.

Proporcionar una documentación clara, organizada y precisa es necesario para evitar retrasos innecesarios en la tramitación de su petición. Preparar cuidadosamente todos los requisitos y comprobar dos veces su exactitud puede ayudarle a garantizar una experiencia más fluida.

La presentación del Formulario I-130 es sólo el comienzo del proceso de apadrinamiento. Si se aprueba, su familia puede pasar a la siguiente fase, dependiendo de si se encuentran dentro o fuera de Estados Unidos.

¿Qué ocurre después de obtener la aprobación del formulario I-130?

Conseguir la aprobación del Formulario I-130 es un hito importante, pero no significa que su familiar pueda recibir una Green Card inmediatamente. El siguiente paso depende de la disponibilidad de Visas, determinada por el Boletín de Visas del Departamento de Estado de EE.UU.. Una vez que su número de prioridad esté actualizado, los siguientes pasos dependerán de dónde se encuentre su ser querido.

Proceso consular

Si su familiar vive en el extranjero, deberá realizar el proceso consular en una embajada o consulado de EE.UU. en su país. Este proceso comienza después de que el USCIS apruebe el Formulario I-130 y envíe el caso al Centro Nacional de Visas (NVC). Así es como funciona:

  • Recibir información del caso por parte del NVC: El NVC se pondrá en contacto con su familiar para darle instrucciones, incluyendo su número de caso y los pasos a seguir.
  • Rellene el formulario DS-260: Su familiar rellena la solicitud de Visa de inmigrante en línea, proporcionando detalles sobre sus antecedentes y su historial de inmigración.
  • Pague las tasas requeridas: Su familiar paga las tasas de tramitación de la Visa y otros gastos asociados a través del portal del NVC.
  • Realización de un reconocimiento médico: Su familiar se somete a un examen médico realizado por un médico de grupo autorizado en su país.
  • Asista a la entrevista para la Visa: El consulado estadounidense programa una entrevista, durante la cual un funcionario consular revisa la solicitud, comprueba los documentos justificativos y decide sobre el caso.

Si se aprueba, su ser querido recibirá una Visa de inmigrante y podrá viajar a EE.UU. para obtener oficialmente su Green Card a la entrada. Este paso marca la etapa final del proceso y acerca a su familia un paso más a la reunificación en Estados Unidos.

Ajuste de estatus

Si su familiar está en EE.UU. y entró legalmente, puede que reúna los requisitos para un Ajuste de Estatus. Pueden hacerlo presentando el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus. Este proceso les permite solicitar una Green Card sin salir del país.

Los patrocinadores y sus familiares a veces presentan el Formulario I-130 y el Formulario I-485 juntos para acelerar el proceso. Este proceso, denominado presentación concurrente, se aplica cuando hay una Visa inmediatamente disponible para el beneficiario. Un abogado de inmigración puede revisar la elegibilidad y asegurarse de que la solicitud es correcta para evitar retrasos o complicaciones.

Después de que USCIS apruebe el I-130, comprender los pasos siguientes garantiza la finalización con éxito del proceso de apadrinamiento. La gente suele hacer preguntas sobre el apadrinamiento, y responderlas ayuda a aclarar el proceso.

¿Qué preguntas suele hacer la gente sobre el patrocinio?

Patrocinar a un familiar puede resultar confuso sin respuestas claras a las preocupaciones más comunes. Es posible que se pregunte sobre los plazos, los cambios en la elegibilidad y los requisitos financieros. Abordar estas cuestiones ayuda a generar confianza y garantiza un proceso más fluido para usted y su ser querido.

¿Cuánto tiempo tarda apadrinar a un cónyuge o hijo menor de edad?

Los plazos de tramitación para patrocinar a un cónyuge o a un hijo menor varían en función de la carga de trabajo del USCIS y de la disponibilidad de Visas. Los cónyuges e hijos menores de 21 años entran en la categoría F2A, que generalmente puede tener periodos de espera más cortos. Por término medio, el proceso suele durar de unos meses a años, aunque puede variar en función de factores específicos de cada caso.

¿Qué ocurre si me convierto en ciudadano durante el proceso?

Si se convierte en ciudadano estadounidense mientras su petición I-130 sigue pendiente, puede solicitar una mejora a la categoría de familiar inmediato. De este modo, su cónyuge o sus hijos menores de 21 años no están sujetos a los límites de Visa, lo que puede reducir significativamente los tiempos de espera. Este cambio también permite una tramitación más rápida y elimina la necesidad de esperar a que haya Visas disponibles.

¿Qué hacer si no cumple con los ingresos para la manutención?

El umbral de ingresos exige que los patrocinadores ganen al menos el 125% del umbral federal de pobreza para el tamaño de su hogar. Si sus ingresos están por debajo de este nivel, aún puede seguir adelante encontrando un copatrocinador. Alternativamente, puede incluir documentación de bienes, como propiedades o ahorros, para compensar la diferencia y alcanzar el umbral.

Navegar por los requisitos de patrocinio y abordar las preocupaciones comunes puede ser estresante, especialmente cuando se trata de formularios detallados y plazos estrictos. Buscar representación legal puede guiarle para evitar errores y garantizar que el proceso avance sin problemas.

¿Cómo puede ayudarle Houston Texas Immigration Lawyers?

Eficiente Abogado De Green Card En Houston

Apadrinar a un ser querido puede parecer una gran responsabilidad, especialmente con el papeleo, los plazos y las normas que conlleva. Ahí es donde entramos nosotros. En Houston Texas Immigration Lawyers, le guiamos a través de cada paso del proceso de patrocinio, ayudando con todo, desde la presentación de formularios hasta la preparación de pruebas.

Sabemos que cada caso es diferente, por lo que nos tomamos el tiempo necesario para escuchar y comprender su situación específica. Con nuestra experiencia en derecho de inmigración, estamos preparados para ayudarle a acercar a sus seres queridos y lograr la tranquilidad que se merece.

Los titulares de la Green Card en Houston pueden patrocinar a sus cónyuges, hijos solteros menores de 21 años e hijos adultos solteros mayores de 21 años. El proceso comienza con la presentación del Formulario I-130, que requiere documentación detallada, patrocinio financiero y el cumplimiento de las leyes de inmigración estadounidenses.

Aunque el proceso puede llevar tiempo, es un paso importante para reunirse con su familia. Si desea tranquilidad y apoyo legal, Houston Texas Immigration Lawyers está aquí para ayudarle. Alcance para comenzar en su viaje para traer a sus seres queridos a casa.

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    Sobre la autora: Kate Lincoln-Goldfinch

    Soy la socia directora de Houston Texas Immigration Lawyers. Tras graduarme de la Universidad de Texas tanto en la licenciatura como en la facultad de derecho, obtuve una beca Equal Justice Works en 2008, que completé en American Gateways. Mi proyecto brindaba asistencia a familias detenidas que solicitaban asilo. Después de finalizar la beca, ingresé a la práctica privada de inmigración. Mi firma ofrece servicios de inmigración basados en la familia, como solicitudes de residencia permanente y naturalización, defensa contra la deportación, y casos humanitarios como asilo, Visa U y VAWA. En Houston Texas Immigration Lawyers, todos somos bilingües, compartimos un compromiso genuino con nuestra causa y hemos demostrado un historial de activismo en favor de las personas inmigrantes. Para nosotros, esta labor no es simplemente un empleo.

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